Tabla de Contenidos
- 1 Artículo 1- Generalidades
- 2 Artículo 2 – Alcance
- 3 Artículo 3 – Subestaciones eléctricas
- 4 Detector de Humo con bateria de 220 vac – LX-98/220V
- 5 Extintor PQS de 75 kg
- 6 Funda para Extintores
- 7 Gabinete contra incendio Tipo II
- 8 Manguera contra incendio de pvc de 1 1/2″ x 15 m
- 9 Rociador T/UpRight 1/2″ Bce.Npt K=5.6 T-68° C
Artículo 1- Generalidades

- Las subestaciones de transformación están conformadas por transformadores de energía que interconectan dos o más redes de tensiones diferentes.
- Comprende las vías y lugares públicos tales como, las avenidas, jirones, calles, pasajes, plazas, parques, paseos, puentes, caminos, carreteras, autopistas, pasos a nivel odesnivel, etc.
Artículo 2 – Alcance
- Las disposiciones de esta norma son aplicables a todo proceso de electrificación de habilitación de tierras y de edificaciones.

Artículo 3 – Subestaciones eléctricas
- En todo proyecto de habilitación de tierra o en la construcción de edificaciones, deberá reservarse las áreas suficientes para instalación de las respectivas subestaciones de distribución.

- En general, el uso, la operación y mantenimiento de las subestaciones eléctricas está normado por la ley de concesiones eléctricas D.L. Nº 25884 y su reglamento, el Código Nacional de Electricidad, las Normas DGE correspondientes, las Normas Técnicas Peruanas respectivas; así como las disposiciones de Conservación del Medio Ambiente y del Patrimonio Cultural de la Nación. COD-12718









