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norma ec.010 - redes de distribucion de energía electrica

Norma EC.010 – Redes de Distribución de Energía Eléctrica

Artículo 1- Generalidades

  • La distribución de energía eléctrica es una actividad vinculada a la habilitación urbana y rural así como a las edificaciones. Se rige por lo normado en la ley de concesiones eléctricas D.L. Nº 25844 y su reglamento aprobado por D.S. Nº 09-93-EM, el Código Nacional de Electricidad y las Normas de la Dirección General de Electricidad (En adelante se denominará Normas DGE) correspondientes.

Artículo 2 – Alcance

  • Las disposiciones de esta norma son aplicables a todo proceso de electrificación de habilitación de tierras y edificaciones, según la clasificación dada por la dirección general de electricidad del Ministerio de energía y minas y que están relacionadas con las redes de distribución de energía eléctrica.
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Artículo 3 – Definiciones

Para la aplicación de lo dispuesto en la presente Norma, se entiende por:

  • Distribución de energía eléctrica: Es recibir la energía eléctrica de los generadores o transmisores en los puntos de entrega, en bloque y entregarla a los usuarios finales.
  • Concesionario: Persona natural o jurídica encargada de la prestación del Servicio Público de distribución de Energía Eléctrica.
  • Sistema de distribución: Conjunto de instalaciones para la entrega de energía eléctrica a los diferentes usuarios, comprende:
  • Subsistema de distribución primaria.
  • Subsistema de distribución secundaria.
  • Instalaciones de alumbrado público.
  • Conexiones.
  • Punto de entrega.
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Subsistema de distribución primera

  • Es aquel destinado a transportar la energía eléctrica producida por un sistema de generación, utilizando eventualmente un sistema de transmisión, y/o un subsistema de su transmisión, a un subsistema de distribución secundaria, a las instalaciones de alumbrado público y/o a las conexiones para los usuarios, comprendiendo tanto las redes como las subestaciones intermediarias y/o finales de transformación.

Red de distribución primera

  • Conjunto de cables o conductores, sus elementos de instalación y sus accesorios, proyectado para operar a tensiones normalizadas de distribución primaria, que partiendo de un sistema de generación o de un sistema de transmisión, está destinado a alimentar/interconectar una o más subestaciones de distribución; abarca los terminales de salida desde el sistema alimentador hasta los de entrada a la
  • subestación alimentada.
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seccionador tripolar
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transformadores electricos

Subestación de distribución

  • Conjunto de instalaciones para transformación y/o seccionamiento de la energía eléctrica que la recibe de una red de distribución primaria y la entrega a un subsistema de distribución secundaria, a las instalaciones de alumbrado público, a otra red de distribución primaria o a usuarios.

Subsistema de distribución secundaria

  • Es aquel destinado a transportar la energía eléctrica suministrada normalmente a bajas tensiones, desde un sistema de generación, eventualmente a través de un sistema de transmisión y/o subsistema de distribución primaria, a las conexiones.

Instalaciones de alumbrado público

  • Conjunto de dispositivos necesarios para dotar de iluminación a vías y lugares públicos (avenidas, jirones, calles, pasajes, plazas, parques, paseos, puentes, caminos, carreteras, autopistas, pasos a nivel o desnivel, etc.), abarcando las redes y las unidades de alumbrado público.
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Artículo 4 – Subsistema de distribución primaria

  • Comprende tanto las redes de distribución primaria como las subestaciones de distribución.
  • Los proyectos y la ejecución de obras en subsistemas de distribución primaria deben sujetarse a las normas DGE de Procedimientos para la elaboración de proyectos y ejecución de obras en sistemas de distribución y sistemas de utilización.

Artículo 5 – Subsistencia de distribución secundaria

  • Es aquel destinado a transportar la energía eléctrica suministrada normalmente a baja tensión, desde un subsistema de distribución primaria, a las conexiones.
  • Los proyectos y la ejecución de obras en subsistemas de distribución secundaria deben sujetarse a las Normas DGE de Procedimientos para la elaboración de proyectos y ejecución de obras en sistemas de distribución y sistemas de utilización.
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subsistencia de distribucion diferencial
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Artículo 6 – Conexiones

  • La conexión es el conjunto de elementos abastecidos desde un sistema de distribución para la alimentación de los suministros de energía eléctrica destinados a los usuarios, incluyendo las acometidas y las cajas de conexión, de derivación y/o toma, equipos de control, limitación de potencia, registro y/o medición de la energía eléctrica proporcionada. COD-12684

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